martes, 30 de agosto de 2016

7. LOS REGISTROS ADMINISTRATIVOS; PRESENTACION Y TRAMITACION.

 7. LOS REGISTROS ADMINISTRATIVOS; PRESENTACION Y
TRAMITACION.
_______________________________________________________________
Hemos visto que la ciudadanía tienen derecho a presentar solicitudes,
peticiones, sugerencias, reclamaciones, etc.. Ahora vamos a ver cómo pueden
hacerlo.
Lugar de presentación de escritos.
Conforme a la normativa sobre procedimiento administrativo, las solicitudes,
escritos y comunicaciones que la ciudadanía envíe a los órganos de las
Administraciones Públicas se podrán presentar en:
1. Los registros de los órganos administrativos a los que se dirija.
2. Los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la
Administración del Estado, los registros de la Administración de otras
Comunidades Autónomas y los registros de los Ayuntamientos que haya
firmado un acuerdo con la Junta de Andalucía.
3. Las oficinas de correos.
4. Las embajadas y consulados españoles en el extranjero.
  1. Internet, a través del registro telemático de la Junta de Andalucía.
Los Registros de documentos.
Cuando hablamos de Registro de documentos podemos
referirnos a dos cosas:
1) A las oficinas de la Administración donde se recibe y recogen los
escritos que la ciudadanía dirige a la Administración Pública para
realizar solicitudes, peticiones o comunicaciones.
• Así hay una Oficina de Registro general:
en cada Consejería, en cada Delegación del Gobierno y en la Subdelegación
del Gobierno en el Campo de Gibraltar en cada Delegación Territorial,
También puede haber oficinas de registro en otros organismos,
por ejemplo, en los Centros de Salud, en las Oficinas de
Empleo, en los Colegios e Institutos públicos, etc., en este
caso se llaman Registros auxiliares, porque sirven de
apoyo al Registro general que está en la correspondiente
Consejería o la Delegación Territorial.
Una vez cerrados al público los documentos, se pueden
presentar los escritos en los Buzones de documentos, pero
sólo los días hábiles. Los domingos y festivos permanecen
cerrados. Hay uno en cada capital de provincia, en la sede de la
Delegación del Gobierno correspondiente.

2) A las tareas o tramitación que realizan las personas que trabajan en
estos oficinas o Registros, y que consisten en:
Recoger la documentación y ponerle un sello con la
fecha del día que se presenta.
Anotar en un programa informático (que se llama “@ries”)
los datos de la persona que envía el escrito, un resumen
de lo que solicita en su escrito y el departamento al que
lo quiere enviar.
Una vez que estos datos se han anotado en el
programa, el funcionario o funcionaria que trabaja en la
oficina de registro enviará ese documento al órgano
administrativo que debe resolver la cuestión que se
solicita.
Sabemos que cuando la ciudadanía presenta un escrito a la
Administración, se le colocará un sello de registro de entrada. Cuando la
Administración responde por escrito a la persona que presentó ese
escrito o solicitud, se colocará un sello de registro de salida

Recuerda sobre los registros administrativos:
presentación y tramitación.
Las solicitudes, escritos y comunicaciones que la ciudadanía envíe a los
órganos de las Administraciones Públicas se podrán presentar en:
• Los registros y buzones de los órganos administrativos.
• Las oficinas de correos.
• Las embajadas y consulados españoles en el extranjero.
• Internet, a través del registro telemático de la Junta de Andalucía.
En la Junta de Andalucía existen Registros Generales y Auxiliares, más los
Buzones de documentos. En dichas oficinas se registran los documentos, tanto
los administrativos dirigidos a la ciudadanía (registro de salida) como los de la
ciudadanía dirigidos a la Administración (registro de entrada).
En las oficinas de registro se realiza una actividad de tramitación administrativa
de los documentos que pasan por ella consistente en:
• Recoger y sellar la documentación.
• Incluir los datos del registro de documentos en un programa
informático (en la actualidad se llama “@ries”).
• Remisión del documento registrado al órgano administrativo que
debe resolver la cuestión que se solicita en el escrito registrado

(entrada) o que debe cursar la notificación a la ciudadanía (salida).  

martes, 30 de agosto de 2016

7. LOS REGISTROS ADMINISTRATIVOS; PRESENTACION Y TRAMITACION.

 7. LOS REGISTROS ADMINISTRATIVOS; PRESENTACION Y
TRAMITACION.
_______________________________________________________________
Hemos visto que la ciudadanía tienen derecho a presentar solicitudes,
peticiones, sugerencias, reclamaciones, etc.. Ahora vamos a ver cómo pueden
hacerlo.
Lugar de presentación de escritos.
Conforme a la normativa sobre procedimiento administrativo, las solicitudes,
escritos y comunicaciones que la ciudadanía envíe a los órganos de las
Administraciones Públicas se podrán presentar en:
1. Los registros de los órganos administrativos a los que se dirija.
2. Los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la
Administración del Estado, los registros de la Administración de otras
Comunidades Autónomas y los registros de los Ayuntamientos que haya
firmado un acuerdo con la Junta de Andalucía.
3. Las oficinas de correos.
4. Las embajadas y consulados españoles en el extranjero.
  1. Internet, a través del registro telemático de la Junta de Andalucía.
Los Registros de documentos.
Cuando hablamos de Registro de documentos podemos
referirnos a dos cosas:
1) A las oficinas de la Administración donde se recibe y recogen los
escritos que la ciudadanía dirige a la Administración Pública para
realizar solicitudes, peticiones o comunicaciones.
• Así hay una Oficina de Registro general:
en cada Consejería, en cada Delegación del Gobierno y en la Subdelegación
del Gobierno en el Campo de Gibraltar en cada Delegación Territorial,
También puede haber oficinas de registro en otros organismos,
por ejemplo, en los Centros de Salud, en las Oficinas de
Empleo, en los Colegios e Institutos públicos, etc., en este
caso se llaman Registros auxiliares, porque sirven de
apoyo al Registro general que está en la correspondiente
Consejería o la Delegación Territorial.
Una vez cerrados al público los documentos, se pueden
presentar los escritos en los Buzones de documentos, pero
sólo los días hábiles. Los domingos y festivos permanecen
cerrados. Hay uno en cada capital de provincia, en la sede de la
Delegación del Gobierno correspondiente.

2) A las tareas o tramitación que realizan las personas que trabajan en
estos oficinas o Registros, y que consisten en:
Recoger la documentación y ponerle un sello con la
fecha del día que se presenta.
Anotar en un programa informático (que se llama “@ries”)
los datos de la persona que envía el escrito, un resumen
de lo que solicita en su escrito y el departamento al que
lo quiere enviar.
Una vez que estos datos se han anotado en el
programa, el funcionario o funcionaria que trabaja en la
oficina de registro enviará ese documento al órgano
administrativo que debe resolver la cuestión que se
solicita.
Sabemos que cuando la ciudadanía presenta un escrito a la
Administración, se le colocará un sello de registro de entrada. Cuando la
Administración responde por escrito a la persona que presentó ese
escrito o solicitud, se colocará un sello de registro de salida

Recuerda sobre los registros administrativos:
presentación y tramitación.
Las solicitudes, escritos y comunicaciones que la ciudadanía envíe a los
órganos de las Administraciones Públicas se podrán presentar en:
• Los registros y buzones de los órganos administrativos.
• Las oficinas de correos.
• Las embajadas y consulados españoles en el extranjero.
• Internet, a través del registro telemático de la Junta de Andalucía.
En la Junta de Andalucía existen Registros Generales y Auxiliares, más los
Buzones de documentos. En dichas oficinas se registran los documentos, tanto
los administrativos dirigidos a la ciudadanía (registro de salida) como los de la
ciudadanía dirigidos a la Administración (registro de entrada).
En las oficinas de registro se realiza una actividad de tramitación administrativa
de los documentos que pasan por ella consistente en:
• Recoger y sellar la documentación.
• Incluir los datos del registro de documentos en un programa
informático (en la actualidad se llama “@ries”).
• Remisión del documento registrado al órgano administrativo que
debe resolver la cuestión que se solicita en el escrito registrado

(entrada) o que debe cursar la notificación a la ciudadanía (salida).